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1)que tributen el mínimo
de la escala general. ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo elaborará los nuevos Textos Ordenados de las normas modificadas por el presente. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Regístrese. Dése al Libro de Ordenanzas. SANCIONADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA A LOS 30 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003.-
ORDENANZA 10782
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Regístrese. SANCIONADA EN LA SALA
DE SESIO- NES DEL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA,
A LOS SIG. DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2004. CORRESPONDE AL EXPTE. N- 88-D-04 (HCD) ARTICULO 1º.- Dispónese la supresión de los Juzgados Municipales de Faltas Nº 3 y 4, a partir de la fecha de promulgación de la presente. ARTICULO 2º.-Modifícanse
los Artículos 1º, 4º, 7º, 8º, 13º, 21º,
29º, 30º y 34º de la Ordenanza 3045 (T.O. Decreto 377/01)
los que quedarán redactados de la siguiente manera: ARTICULO 4º: Los
dos jueces de faltas serán asistidos por los mismos tres Secretarios,
quienes serán considerados funcionarios de ambos juzgados, y
en quienes se delegará la instrucción de los sumarios.
Los Secretarios deberán ser argentinos y poseer título
de abogado. Cada Secretario entenderá exclusivamente en las causas
que le sean asignadas en razón de la materia de conformidad con
la siguiente especialización: |