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Boletín Municipal de Lomas de Zamora

Nro. 2 Año 2005

CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 449 - P- 04 (HCD)

ORDENANZA 10871

ARTICULO l°.-Modifícase el Articulo 12° del Capítulo V de la Ordenanza No 8181 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 12°.- Por los avisos, carteles o Letreros trasladables que anuncien la Venta o alquiler de inmuebles, objetos o semovientes, se abonará por cada metro cuadrado o fracción y por año". -

a) No luminosos ni iluminados:.............................$ 2,72

b) Iluminados o luminosos.....................................$ 5,94

El metraje mínimo imponible será de cuarenta metros cuadrados, por año fiscal.

ARTICULO 2°.- Comuniqúese al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Regístrese. Dése al Libro de Ordenanzas.

SANCIONADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONSEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA, A LOS 24 DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2004.-




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