IMPORTANTE: Ante
reiteradas confusiones de algunos de los usuarios de LomasdeZamora.net,
cabe aclarar que este portal nada tiene que ver con la Municipalidad
de la Ciudad y Partido de Lomas de Zamora. |
Boletín Municipal
de Lomas de Zamora
Nro. 2 Año 2005
CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 449 - P- 04 (HCD)
ARTICULO l°.-Modifícase
el Articulo 12° del Capítulo V de la Ordenanza No 8181 y
sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
"Artículo
12°.- Por los avisos, carteles o Letreros trasladables que anuncien
la Venta o alquiler de inmuebles, objetos o semovientes, se abonará
por cada metro cuadrado o fracción y por año". -
a) No luminosos ni iluminados:.............................$
2,72
b) Iluminados o luminosos.....................................$
5,94
El metraje mínimo
imponible será de cuarenta metros cuadrados, por año fiscal.
ARTICULO 2°.- Comuniqúese
al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Regístrese. Dése al Libro de Ordenanzas.
SANCIONADA EN LA SALA
DE SESIONES DEL HONORABLE
CONSEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA, A LOS 24 DÍAS DEL MES
DE AGOSTO DEL AÑO 2004.-
Copyright ©
2004-Quedan todos los derechos reservados - |
|